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El Gobierno aprueba la concesión de 6.330 millones de préstamo a la Seguridad Social para abonar la paga extraordinaria

16/11/2018

Actualidad

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El Gobierno ha aprobado hoy en la reunión del Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, la concesión de un préstamo del Estado a la Tesorería General de la Seguridad Social por importe de 6.330 millones de euros para el abono de la paga extraordinaria de pensiones de noviembre, que oficialmente se abona el 1 de diciembre.

El libramiento es la segunda parte del préstamo presupuestario de 13.830 millones, de los que se utilizaron ya 7.500 millones de euros el pasado mes de junio.

El préstamo no es suficiente para el abono de la paga extraordinaria, por lo que el Gobierno deberá disponer de 3.000 millones de euros adicionales del Fondo de Reserva. Cuando se aprobó el Presupuesto, en mayo, las previsiones del Comité de Gestión del Fondo de Reserva eran utilizar 5.000 millones para cuadrar las cuentas de la Seguridad Social, según consta en las actas de este órgano. La mejora en la recaudación ha permitido reducir la disposición a 3.000 millones de euros.

El problema no sólo tiene una dimensión financiera, sino también contable. La aprobación en la discusión presupuestaria de la revalorización de las pensiones en el 1,6% en lugar del 0,25 abonado en enero se realizó sin hacer la previsión en el estado de ingresos de la cantidad necesaria para financiar este gasto. Tampoco se consignó financiación para la subida de la Base Reguladora de las pensiones de viudedad del 52 al 56% abonada a finales de agosto.

Esta decisión, que vulneró la legislación presupuestaria y los Reglamentos del Congreso de los Diputados y del Senado, ha forzado a la Seguridad Social a tramitar una ampliación de crédito por 1.497 millones de euros al amparo de la vigente normativa. La Intervención General de la Seguridad Social, el centro directivo contable competente, consultó esta decisión con la Intervención General de la Administración del Estado y el Ministerio de Hacienda, e informó de la misma al Tribunal de Cuentas.

La decisión de la Seguridad Social no tendrá ningún impacto en el déficit, ya que éste se calcula en términos de contabilidad nacional, que aplica el criterio de devengo (las transacciones se contabilizan cuando se pagan o cobran). En términos tanto de contabilidad nacional como de contabilidad patrimonial la operación por tanto no supondrá ningún cambio.

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