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El ISM y la Xunta suscriben un convenio para la protección sanitaria de los trabajadores del mar ante la COVID-19

09/06/2020

Desde dentro

El Instituto Social de la Marina (ISM) ha suscrito un convenio de colaboración con la Xunta de Galicia para la protección y vigilancia de la salud del sector marítimo pesquero en lo referente a la pandemia por la COVID-19.

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El convenio, suscrito entre el director del ISM, Luis Casqueiro, y los responsables del Servicio Gallego de Salud, Jesús Vázquez y la consejera del Mar, Rosa Quintana, establece como medida fundamental la realización de test serológicos de detección del coronavirus a todos los tripulantes de buques de pesca en mareas o travesías superiores a diez días de duración, o que no puedan obtener ayuda médica a menos de dos horas desde su posición en el mar (flota de altura o gran altura), antes de su embarque.

En función del resultado de dicho test -que proporcionará la Xunta y realizará el personal del ISM- y de la presencia o no de sintomatología, el facultativo de Sanidad Marítima podrá tomar la decisión de completar el proceso de acuerdo con el protocolo clínico en los Hospitales públicos de Vigo, Santiago de Compostela, A Coruña o Burela, en el plazo máximo de 48 horas.

Asimismo, en virtud de este acuerdo, el ISM se compromete a:

  • Incorporar los resultados de los test serológicos realizados a los trabajadores del mar conforme a las indicaciones del Servicio Galego de Salud.
  • Incluir la COVID-19 en los estudios epidemiológicos, así como su utilización para la puesta en marcha de campañas de divulgación y prevención sanitaria.
  • Formar a los tripulantes en aspectos de higiene, prevención y control de casos de contagio.
  • Aprobar un protocolo de medidas higiénico-sanitarias para los trabajadores del mar y otras personas a bordo de embarcaciones en relación con el Virus SARSCoV-2

Más medidas preventivas

Este acuerdo, que da respuesta a la necesidad de proporcionar la debida seguridad y certeza para que el trabajo de este sector se realice con las debidas garantías sanitarias, recuerda otras medidas preventivas al embarque, debido a que el barco es un espacio de trabajo reducido donde la actividad puede no garantizar las distancias de seguridad recomendadas.

Por ello, insta a los miembros de la tripulación a que extremen las medidas de aislamiento social vigentes, restringiendo los contactos y limitándolos a los imprescindibles mientras se encuentren en tierra.

Asimismo, si un miembro de la tripulación hubiese tenido contacto estrecho con un enfermo sintomático de COVID-19 no deberá embarcar y se mantendrá en cuarentena domiciliaria durante catorce días, vigilando la aparición de síntomas.

En caso de presentar síntomas respiratorios tampoco deberá embarcar. En este caso, la persona trabajadora deberá auto aislarse en su domicilio, solicitar una consulta telefónica con su médico de atención primaria y seguir sus indicaciones, hasta su completa recuperación. En el caso de no disponer de domicilio deberá facilitársele espacio apto para dicho autoaislamiento.

El convenio tendrá una vigencia de seis meses que podrá ser prorrogada por períodos anuales.

Por último, el acuerdo recuerda que en el caso de buques de bandera extranjera o procedentes de puertos extranjeros, la adopción de medidas respecto de las tripulaciones o la realización de pruebas será competencia de Sanidad Exterior (Ministerio de Sanidad).

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