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Aclarando conceptos sobre el Ingreso Mínimo Vital

08/06/2020

IMV

Aclarando conceptos sobre el Ingreso Mínimo Vital

¿Por qué se aprueba un Ingreso Mínimo Vital?

España era el único país de nuestro entorno que no contaba con algún programa de Renta Mínima de ámbito estatal, una última red de protección para luchar contra la pobreza severa y la exclusión social.

A eso se suma que España tiene unos niveles de pobreza elevados en comparación con  nuestro marco de referencia. Nuestra tasa de pobreza extrema (porcentaje de hogares por debajo del 30% de la renta mediana) roza el 7%, duplicando la media de la UE y triplicando a países como Alemania.

Por todo ello, la puesta en marcha de un programa de este tipo ha sido una recomendación recurrente de las instituciones europeas, especialmente desde 2014. Sin ir más lejos, hace escasas semanas, la Comisión Europea volvió a recordar que nuestro país necesita reforzar el sistema de rentas mínimas para reducir la pobreza y la desigualdad, en el contexto del semestre europeo celebrado en Bruselas.

Su aprobación y próxima puesta en marcha ha sido aplaudida por organizaciones como el Fondo Monetario Internacional (FMI) que ha destacado la importante contribución de este programa a mejorar la red de protección social en nuestro país.

¿Incentivará la búsqueda de empleo?

Uno de los objetivos es lograr la inclusión social y la mejora de oportunidades y uno de los caminos es a través del empleo, por ello, además de ser compatible con el empleo, se han introducido incentivos: cuando el titular de la prestación no tenga empleo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación. En el caso de que esté ocupado, cuando su salario se incremente, la cuantía de la prestación se reducirá en una cantidad inferior.

Además, para recibir el IMV uno de los requisitos es estar inscrito como demandante de empleo, en caso de estar desempleado.

¿Esta ayuda es compatible con la economía irregular?

Por su diseño, el IMV podrá permitir regularizar parte de esa economía. Entre las obligaciones que tendrán los perceptores del IMV estará la de presentar la declaración de la renta (IRPF), aunque por la cuantía de su renta pudieran estar exentos. Con ello, se facilitan los controles de la Agencia Tributaria sobre los perceptores para localizar posibles fraudes.

Además, en el momento de la solicitud se comprobará no sólo la renta, sino también el patrimonio de los posibles beneficiarios, con lo que se quedarían fuera posibles beneficiarios que hayan acumulado un alto patrimonio con baja renta, por haber trabajado en la economía sumergida.

Además, se incorpora la figura del cooperador necesario. Aquellos empresarios que contribuyan a la obtención fraudulenta del IMV serán responsables solidarios por las infracciones y sanciones que pudieran imponerse al titular y a los beneficiarios de la prestación.

¿Al ser una prestación de la Seguridad Social perjudicará al sistema de pensiones?

Se financiará a través de transferencias del Estado, ya que es una prestación no contributiva. No afectará en absoluto al sistema de pensiones.

Su diseño ha permitido además identificar muy bien a los posibles beneficiarios y delimitar requisitos y se estima que su coste anual, si llega a todos los beneficiarios a los que se dirige (unos 850.000 hogares) será de unos 3.000 millones de euros anuales, una cantidad no muy alta si tenemos en cuenta su importante labor.

Además, parte de esos 3.000 millones se ahorrarán de otras prestaciones y programas como las prestaciones por hijo a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% con las que comparten muchos de los requisitos y beneficiarios como te explicamos en esta información.

¿Los extranjeros en situación irregular podrán acceder al Ingreso Mínimo Vital?

Las personas que están en situación administrativa irregular, según el artículo 14 de la Ley de Extranjería, no pueden tener acceso a las prestaciones de la Seguridad Social pero sí hay otras administraciones que les pueden ayudar. 

Los criterios de residencia legal son comunes a todos los programas similares en Europa. En el caso del IMV, los requisitos tanto para personas con nacionalidad española como para extranjeros con residencia legal en nuestro país son:

  • Acreditar la vulnerabilidad económica correspondiente
  • Entre 23 y 65 años (salvo con menores a cargo)
  • Residencia continuada en España al menos el año anterior a la presentación de la solicitud
  • Si está desempleado, estar inscrito como demandante de empleo
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que tendría derecho

Además, si los solicitantes viven solos (tanto españoles como extranjeros) tendrán que acreditar haber vivido durante al menos los tres años previos de forma independiente de los progenitores y haber estado de alta en la Seguridad Social durante al menos doce meses, continuados o no

Por último, si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia para la que solicitan la prestación, ésta debe llevar constituida al menos un año en el momento de la presentación de la solicitud

¿Las excepciones que contempla el Real Decreto flexibilizan el acceso al IMV de estas personas?

El Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital establece dentro de los requisitos únicamente 3 excepciones:

  • menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente
  • víctimas de violencia de género
  • víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual

Excepciones que deberán estar debidamente acreditadas. En el caso de víctimas de violencia de género por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que se aprobó por unanimidad en el Congreso de los Diputados.

En el caso  víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual, a través de un informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas o por los servicios sociales.

Estas excepciones son habituales en la legislación española con el objeto de proteger a personas que padecen situaciones de este tipo, con más razón en el caso de esta medida que se dirige a personas especialmente vulnerables para permitirles oportunidades que les conduzcan a una inclusión plena en la sociedad en la que no necesiten el Ingreso Mínimo Vital.

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