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Se abre el plazo para que los pensionistas residentes en el extranjero acrediten su vivencia por segunda vez en 2026
07/09/2026
Actualidad

Desde el pasado 1 de septiembre de 2026 está abierto el plazo para que los pensionistas de la Seguridad Social española residentes en el extranjero puedan acreditar su vivencia para seguir cobrando su prestación con normalidad, por segunda vez este año.
Por primera vez, los pensionistas residentes en el extranjero tendrán que acreditar durante este año 2026 dos veces su vivencia -en marzo y septiembre- para poder seguir cobrando la pensión que les corresponda. Esta segunda campaña del año se prolongará hasta el 30 de septiembre. A partir de 2027, la vivencia deberá ser acreditada en tres ocasiones cada año: en enero, en mayo y en septiembre.
Cómo se acredita la vivencia
La acreditación de vivencia es un trámite dirigido únicamente a los pensionistas que cobren una pensión de la Seguridad Social española (INSS o ISM) y a su vez residan fuera de España. Los pensionistas residentes en territorio nacional no tienen necesidad de realizar el trámite.
De esta manera, y con el objetivo de continuar percibiendo la pensión reconocida, deben presentar una fe de vida de la manera que prefieran. La más cómoda es hacerlo a través de la aplicación VIVESS, pero también pueden presentar la acreditación expedida por la autoridad competente de su país de residencia, que certifique que continúan con vida, acreditar la vivencia ante los responsables de los Registros Civiles Consulares o a través de una comparecencia, presencial o telemática, ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
La aplicación gratuita VIVESS, desarrollada por la Seguridad Social hace unos años, permite completar el trámite de forma sencilla desde cualquier lugar del mundo y sin necesidad de desplazamientos.
Una vez finalizado el proceso en la aplicación, el pensionista recibe un justificante inmediato y, posteriormente, la confirmación de la validación por parte del INSS o del ISM, según corresponda.
Novedades en la aplicación VIVESS
Como novedad, desde este año, los cónyuges de pensionistas que perciban un complemento a mínimos por cónyuge a cargo pueden igualmente registrarse en la aplicación y acreditar su vivencia. Para ello, disponen de la opción "Gestión Vivencia cónyuge", incluida en el apartado "+Gestiones".
A través de la app, los pensionistas que reciben sus pensiones del INSS o el ISM también pueden realizar también otros trámites además de la acreditación de vivencia. Entre ellos, comunicar su residencia fiscal, cambiar la forma de cobro de la pensión, actualizar datos personales o bancarios, remitir la documentación acreditativa de residencia fiscal u obtener certificados de IRPF cuando lo necesiten.
Por primera vez, los pensionistas residentes en el extranjero tendrán que acreditar durante este año 2026 dos veces su vivencia -en marzo y septiembre- para poder seguir cobrando la pensión que les corresponda. Esta segunda campaña del año se prolongará hasta el 30 de septiembre. A partir de 2027, la vivencia deberá ser acreditada en tres ocasiones cada año: en enero, en mayo y en septiembre.
Cómo se acredita la vivencia
La acreditación de vivencia es un trámite dirigido únicamente a los pensionistas que cobren una pensión de la Seguridad Social española (INSS o ISM) y a su vez residan fuera de España. Los pensionistas residentes en territorio nacional no tienen necesidad de realizar el trámite.
De esta manera, y con el objetivo de continuar percibiendo la pensión reconocida, deben presentar una fe de vida de la manera que prefieran. La más cómoda es hacerlo a través de la aplicación VIVESS, pero también pueden presentar la acreditación expedida por la autoridad competente de su país de residencia, que certifique que continúan con vida, acreditar la vivencia ante los responsables de los Registros Civiles Consulares o a través de una comparecencia, presencial o telemática, ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
La aplicación gratuita VIVESS, desarrollada por la Seguridad Social hace unos años, permite completar el trámite de forma sencilla desde cualquier lugar del mundo y sin necesidad de desplazamientos.
Una vez finalizado el proceso en la aplicación, el pensionista recibe un justificante inmediato y, posteriormente, la confirmación de la validación por parte del INSS o del ISM, según corresponda.
Novedades en la aplicación VIVESS
Como novedad, desde este año, los cónyuges de pensionistas que perciban un complemento a mínimos por cónyuge a cargo pueden igualmente registrarse en la aplicación y acreditar su vivencia. Para ello, disponen de la opción "Gestión Vivencia cónyuge", incluida en el apartado "+Gestiones".
A través de la app, los pensionistas que reciben sus pensiones del INSS o el ISM también pueden realizar también otros trámites además de la acreditación de vivencia. Entre ellos, comunicar su residencia fiscal, cambiar la forma de cobro de la pensión, actualizar datos personales o bancarios, remitir la documentación acreditativa de residencia fiscal u obtener certificados de IRPF cuando lo necesiten.
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