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La Seguridad Social ha tramitado 348.392 permisos por nacimiento y cuidado de menor entre enero y septiembre

29/10/2021

Estadísticas

El Instituto Nacional de la Seguiridad Social tramitó 348.392 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en los primeros nueve meses de 2021, de los cuales 166.055 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 182.337, al segundo progenitor, normalmente el padre.

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El gasto en la prestación por nacimiento y cuidado de menor en los tres trimestres de este año ascendió a 2.171,16 millones de euros.

La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustiuyó en 2019 a las prestaciones de maternidad y paternidad. Desde el 1 de enero de este año 2021, este permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en caso de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos.

Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se ha reconocido en Andalucía (64.686) y Cataluña (61.816). Los territorios en los que más crece la cifra de procesos respecto del trimestre anterior son Ceuta (60,95%) y Asturias (55,03%).

El número de estas prestaciones ha aumentado un 1,58% respecto al mismo periodo del año pasado. En 2020, la baja por nacimiento para el segundo progenitor aún era de 12 semanas, frente a las 16 del primer progenitor, porque aún no se había completado el periodo de transición que ha culminado con la equiparación de las prestaciones de madres y padres.

La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social con certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve permanente. También se puede solicitar sin certificado digital a través de este enlace. En esta guía práctica te contamos cómo hacerlo y todos los canales disponibles para solicitar la prestación.

Excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar

Por otro lado, el número de excedencias dadas de alta entre enero y septiembre de este año fue de 40.790, de las que 34.802 correspondieron a mujeres, el 85,31%, y 5.988 a hombres, lo que equivale al 14,68%.

El número de excedencias se ha reducido de media un 7,05% respecto al mismo periodo del ejercicio 2020.

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Madrid (8.131), Cataluña (5.994), País Vasco (5.038), Andalucía (4.477) y Comunidad Valenciana (3.810) son las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas.

En todas las comunidades autónomas se han registrado menos excedencias que el año pasado. Los principales descensos entre enero y septiembre corresponden a Castilla y León (-17,01%), Madrid (-13,64%), Cantabria (-11,35%), Aragón (-11,26%).

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.

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