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Cuarto consenso en 25 años en el Pacto de Toledo

27/10/2020

Actualidad

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El Pacto de Toledo acaba de aprobar el cuarto Informe con recomendaciones sobre las medidas a adoptar para la mejora del sistema público de pensiones justo en el año que se cumple el 25 aniversario desde que viera la luz esta Comisión.

Este gran Pacto parte de un objetivo: buscar el mayor grado de consenso posible a la hora de acometer reformas en el sistema y ofrecer certidumbre a los pensionistas actuales y futuros con el acuerdo de todos los grupos políticos.

La importancia de este Informe es enorme porque constituye la base en la que se debe apoyar el Gobierno para adoptar las reformas que sirvan para mejorar el presente hoy y, sobre todo, el mañana de las pensiones.

Para ilustrarlo nos podemos fijar en un dato: en 25 años es la cuarta vez que se aprueba un informe similar tras los emitidos en 1995, 2003 y 2010 y el que más ha costado aprobar, 10 años y varias legislaturas desde el anterior.

1995: el origen

El documento aprobado el 6 de abril de 1995 en el Congreso de los Diputados describe la evolución del sistema de pensiones español, cuáles son los factores futuros que podrían afectar a dicho sistema y propone una serie de quince recomendaciones ante las dudas que se estaban suscitando acerca del modelo de financiación.

Algunas de las recomendaciones más destacadas son las referentes a la creación de un Fondo de Reserva que permita atenuar los efectos de los ciclos económicos, mejorar las bases de cotización de acuerdo a los salarios reales, separar las fuentes de financiación, mejorar los mecanismos de financiación, garantizar el poder adquisitivo o reforzar el principio de solidaridad mejorando las pensiones de viudedad y orfandad.

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Imagen del Congreso en la V Legislatura, 1993-1996

Estas recomendaciones se plasman en la Ley de consolidación y racionalización del Sistema de Seguridad Social de 1997 que, entre otras medidas, establece en 15 años el periodo para el cálculo de la pensión, la actualización con el IPC de las bases de cotización de los años más distantes a la edad de jubilación, o la necesidad de constituir reservas para el sistema cuando tenga excedentes (germen del Fondo de Reserva).

2003, segundo informe

La Comisión de Evaluación y Seguimiento de los Acuerdos del Pacto de Toledo comienza sus trabajos en 1999 y es la encargada de emitir las recomendaciones sobre las posibles nuevas reformas. Los trabajos de esta Comisión cristalizaron en 2003 en un nuevo informe con un preámbulo y 22 recomendaciones que revisaba lo realizado en 1995 teniendo en cuenta las transformaciones producidas desde entonces.

Se producía una actualización de las recomendaciones de 1995 en múltiples aspectos relacionados con la financiación, la integración de regímenes, la equiparación de la cobertura de los trabajadores autónomos, la contributividad y la solidaridad, la modernización de la gestión o la lucha contra el fraude. A la vez, este Informe abordaba nuevas cuestiones como la situación de la mujer, la dependencia o la inmigración.

Este proceso se vio acompañado por acuerdos en el ámbito del diálogo social que cristalizaron en diversas medidas normativas como:

  • La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cuyo objetivo fue eliminar los supuestos de discriminación existentes en relación con el empleo femenino y su protección social.
  • La Ley 18/2007, de 4 de julio, por la que se procede a la integración de los Trabajadores por Cuenta Propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
  • La Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.
  • La Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

2010, tercer informe

El Pacto de Toledo emite un nuevo informe en 2010, con 21 recomendaciones entre las que figuran la separación y clarificación de las fuentes de financiación, el mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones; la modernización de la gestión e información al ciudadano; potenciar la lucha contra el fraude o revisar la edad de jubilación.

Este Informe subraya la necesidad de que la Seguridad Social se desenvuelva en términos de equilibrio económico-financiero, tiene en cuenta la evolución demográfica a la hora de adoptar medidas que hagan sostenible el sistema, aboga por la suficiencia de las pensiones, apuesta por  prestar especial atención a la protección de los colectivos más vulnerables  y destaca la necesidad de avanzar en la articulación de un modelo gestor integrado y simplificado que responda eficazmente a las demandas de los ciudadanos. Puede acceder a los trabajos completos en este enlace.

Tras este informe, un año después se aprueba Ley 27/2011 sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Esta norma amplía gradualmente la edad de jubilación a los 67 años y se pasa a 25 los años a tener en cuenta para establecer la base reguladora de esta pensión.

Ahora, tras casi 10 años exactos desde la aprobación de este último informe, tras varias legislaturas y numerosas reuniones, se aprueba este nuevo informe con 20 recomendaciones que pretenden lograr el reequilibrio financiero del sistema con la reasignación de los gastos impropios a los Presupuestos Generales del Estado y garantizar el poder adquisitivo de las pensiones públicas mediante su revalorización en base al IPC. Se vuelve de este modo al consenso anterior a la reforma de 2013 que introdujo el factor de sostenibilidad y el Índice de Revalorización de las Pensiones.

Puede acceder aquí a los informes en formato pdf publicados por el Boletín Oficial de las Cortes de 1995, 2003 y 2011

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