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Actualidad
Se ha creado una incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores o autónomos con daños físicos y psicológicos provocados por la DANA, garantizando el 75% del salario desde el primer día de la baja. Las pensiones de incapacidad permanente, viudedad y orfandad también se asimilarán a las derivadas de accidentes laborales. Esto supone un aumento de la cuantía y una mejora del cálculo, que se hará en base a los ingresos totales del último año. Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o pensiones no contributivas (PNC) en las zonas declaradas gravemente afectadas recibirán un complemento adicional extraordinario del 15%. Se aprueba una mejora en la prestación por cese de actividad para autónomos directamente afectados por el temporal que deban suspender su actividad. Para empresas acogidas a ERTE y autónomos, afectados directamente por la DANA, se establece el "coste cero" en cotizaciones sociales para mitigar la falta de ingresos, favoreciendo así el mantenimiento del empleo y una rápida reactivación de la actividad productiva.