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Más de un millón de jóvenes han estado de alta en la Seguridad Social por sus prácticas no remuneradas - Revista Seguridad Social
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Más de un millón de jóvenes han estado de alta en la Seguridad Social por sus prácticas no remuneradas
13/02/2025
Actualidad
Desde el 1 de enero de 2024, día en que entró en vigor el Real Decreto Ley 5/2023, de 28 de junio, 1.003.151 alumnos que realizan o han realizado prácticas formativas no remuneradas han estado dados de alta en el sistema de la Seguridad Social.
Esta extensión de derechos ya no es exclusiva de los becarios que realizan prácticas remuneradas. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, anunció el dato hace unos días.
Aunque no se contabilizan en los datos de afiliación, los becarios que realizan prácticas que no generan retribución por las tareas desarrolladas han quedado comprendidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social o, en su caso, en el Régimen General de los Trabajadores del Mar.
Se les reconoce:
Beneficios también para los antiguos becarios
Si realizaste prácticas formativas, remuneradas o no, antes de la entrada en vigor de esta norma, la Seguridad Social también te permite sumarlos a tu vida laboral.
La normativa, vigente desde el 2 de agosto de 2024, está pensada para aquellos que realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes de 2024 (en el caso de las no remuneradas) o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos.
Mediante la suscripción de este convenio especial y el pago de las tasas que correspondan, pueden recuperarse hasta 1.825 días de cotización (5 años). Quienes ya hubieran recuperado dos años de cotizaciones en virtud de la regulación de 2011, también podrán beneficiarse de este nuevo convenio. El plazo de solicitud del Convenio Especial finaliza el 31 de diciembre de 2028.
Para más información, puedes consultar la Guía Informativa de Alumnos en Prácticas del portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, Import@ss.
Más información:
Esta extensión de derechos ya no es exclusiva de los becarios que realizan prácticas remuneradas. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, anunció el dato hace unos días.
¿Qué significa para los alumnos en prácticas no remuneradas estar incluidos en nuestro sistema de protección social?
Aunque no se contabilizan en los datos de afiliación, los becarios que realizan prácticas que no generan retribución por las tareas desarrolladas han quedado comprendidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social o, en su caso, en el Régimen General de los Trabajadores del Mar.
Se les reconoce:
- el tiempo de prácticas como cotizado a efectos de la futura pensión
- la acción protectora de la Seguridad Social mientras realizan las prácticas. Por ejemplo, en caso de accidente.
- Sin protección por desempleo
- Sin la cobertura del Fondo de Garantía salarial
- Sin la protección de la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes
- Sin aportar la cuota por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
- Prácticas formativas remuneradas: Cada día de prácticas realizado cuenta como un día como cotizado a la Seguridad Social.
- Prácticas formativas no remuneradas: Cada día de prácticas cuenta como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse, en ningún caso, el número de días del mes correspondiente. Por ejemplo, si has realizado 14 días de prácticas no remuneradas, te contarán 22 días para futuras prestaciones, cómo por ejemplo la jubilación.
Beneficios también para los antiguos becarios
Si realizaste prácticas formativas, remuneradas o no, antes de la entrada en vigor de esta norma, la Seguridad Social también te permite sumarlos a tu vida laboral.
La normativa, vigente desde el 2 de agosto de 2024, está pensada para aquellos que realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes de 2024 (en el caso de las no remuneradas) o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos.
Mediante la suscripción de este convenio especial y el pago de las tasas que correspondan, pueden recuperarse hasta 1.825 días de cotización (5 años). Quienes ya hubieran recuperado dos años de cotizaciones en virtud de la regulación de 2011, también podrán beneficiarse de este nuevo convenio. El plazo de solicitud del Convenio Especial finaliza el 31 de diciembre de 2028.
Para más información, puedes consultar la Guía Informativa de Alumnos en Prácticas del portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, Import@ss.
Más información:
- Preguntas y respuestas sobre la cotización a la Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas
- Desde el 1 de enero, los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas tienen derecho a cotizar a la Seguridad Social
- Guía para solicitar la recuperación de tus años de cotización por antiguas prácticas formativas
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