Trámites
Los pensionistas de la Seguridad Social española que residan en el extranjero deben acreditar su vivencia anualmente, durante el primer trimestre natural (hasta el 31 de marzo), para poder seguir cobrando su prestación.
Trámites
Este servicio permite obtener un certificado con el importe de las prestaciones percibidas de la Seguridad Social, abonadas por el INSS y el ISM, y las retenciones practicadas a efectos del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), de los últimos 5 años.
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