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Escrivá propone una ayuda para familias ucranianas en situación vulnerable de 400 euros al mes y 100 euros por menor

22/06/2022

Actualidad

Imagen de la reunión con las CCAA

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, se ha reunido con los consejeros de las comunidades autónomas con responsabilidades en materia migratoria para abordar la situación de los refugiados ucranianos llegados a España desde la invasión rusa del pasado 24 de febrero. Escrivá ha anunciado a las comunidades autónomas la puesta en marcha de una nueva ayuda para las familias en situación de vulnerabilidad que no han recurrido al sistema de acogida, ha explicado la fórmula para financiar desde la Administración central los gastos en que han incurrido por la emergencia y ha detallado el extenso paquete de datos que compartirá mensualmente con los gobiernos autonómicos para facilitar el ejercicio de sus competencias.  
 
Nuevo programa de ayudas 
 
En primer lugar, ha anunciado a los responsables autonómicos la aprobación de un Real Decreto en el mes de julio por el que se pondrá en marcha un programa de ayudas económicas excepcionales y temporales para personas ucranianas en situación de vulnerabilidad. Este programa de ayudas se canalizará a través de las comunidades autónomas y los destinatarios finales serán las familias ucranianas que no están en el sistema de acogida. El objetivo de este nuevo programa de ayudas es aliviar la situación económica de las familias desplazadas, así como de las redes familiares y sociales que han acogido a muchas de ellas. 
 
El importe de las ayudas sería de 400 euros mensuales por familia y 100 euros adicionales por cada menor a cargo durante un periodo máximo de 6 meses. Los requisitos para acceder a esta ayuda serán: ser beneficiarios de protección temporal, carecer de medios económicos, estar empadronados en algún municipio español y contar con número de la Seguridad Social (NUSS). 
La financiación de este programa recaerá en el Ministerio de Inclusión, que, además, se hará cargo de los gastos que la gestión suponga para las comunidades autónomas. La distribución de la financiación se realizaría en función del porcentaje total de personas ucranianas empadronadas desde febrero a junio.  
 
Mecanismo para los gastos de CCAA y Ayuntamientos 
 
Además, en la reunión, el ministro ha explicado el procedimiento para la financiación de gastos en que han incurrido las CCAA por el ejercicio de sus competencias en materia de sanidad, educación y menores no acompañados. Los gastos financiados incluyen, entre otros, la contratación de personal de refuerzo para educación y auxiliares de conversación, ayudas de comedor y material escolar, medicamentos y gastos derivados de la asistencia sanitaria y gastos de personal y atención a los menores no acompañados. 
 
Las comunidades serán compensadas por estos gastos previa justificación de los mismos mediante una memoria explicativa de las actividades de cada comunidad autónoma con el desglose de cada uno de los gastos y la documentación acreditativa del pago. Para abordar las transferencias, el Ministerio de Inclusión suscribirá convenios con los Ministerios de Educación y Formación Profesional, Sanidad y Derechos Sociales y Agenda 2030 y les transferirá el importe correspondiente. Estos ministerios transferirán los fondos a los gobiernos autonómicos con la periodicidad que se acuerde.  
 
En el caso de las entidades locales, Escrivá ha concretado que se aprobará un Real Decreto de financiación a las comunidades autónomas para sufragar los gastos de los ayuntamientos en relación con la atención a las personas desplazadas de la guerra.  
Datos compartidos periódicamente 
 
Finalmente, Escrivá ha detallado el extenso paquete de datos que el Ministerio de Inclusión va a compartir periódicamente con las comunidades autónomas respecto a la comunidad ucraniana, de forma que se facilite el ejercicio de sus competencias, información que les ayudará a anticiparse y preparar los servicios necesarios.  
 
El intercambio de datos será mensual e incluirá cifras relativas a la protección temporal, el empadronamiento de personas desplazadas por la guerra, las personas acogidas por el sistema de la Secretaría de Estado de Migraciones en cada provincia, así como datos de alta en la Seguridad Social y en el Sistema Nacional de Salud y datos relativos a la escolarización de las personas desplazadas.  

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