La TGSS habilita puntos de asignación del Número de la Seguridad Social en los CREADE
Desde dentro
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha puesto en funcionamiento, en los Centros de Recepción, Atención y Derivación (CREADE) para las personas desplazadas desde Ucrania, un puesto de atención para que los mayores de 16 años puedan solicitar del Número de Seguridad Social (NUSS). Un requisito necesario para agilizar su incorporación al mercado laboral.
Estos puntos se han habilitado en los todos los centros ya en funcionamiento en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Barcelona, Alicante y Málaga y son atendidos por personal de la TGSS.
Hoy, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, han aprovechado su visita al centro abierto en Barcelona para saludar a las trabajadoras de TGSS que atienden este punto y agradecerles su tarea para facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas desplazadas desde Ucrania.
Qué información reciben
A fin de facilitar la comprensión de qué es el Número de la Seguridad Social por parte de las personas procedentes de Ucrania se ha elaborado un folleto informativo, traducido para agilizar la gestión y facilitar la comprensión a las personas que lo requieran. En el folleto se explica:
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Si Vd. inicia un trabajo por cuenta ajena, deberá proporcionar el “Número de la Seguridad Social” al empresario para el que vaya a trabajar.
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Si, por el contrario, inicia un trabajo por cuenta propia (trabajador autónomo), es el número que deberá proporcionar a la Seguridad Social española en el momento de comunicar el inicio de su actividad
También se han elaborado carteles traducidos para facilitar la ubicación de estos puestos de asignación de NUSS. El horario en el que estarán funcionando estos puntos será el mismo que el de la atención de la Policía Nacional.
Asistencia sanitaria
Hay que recordar que el NUSS no es un documento necesario para acceder a la asistencia sanitaria que viene contemplada en la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, que desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.
Esta Orden garantiza la asistencia sanitaria para las personas desplazadas que solicitan protección internacional con el mismo tratamiento que a los solicitantes de asilo y que conlleva también el permiso de residencia y de trabajo.
Para tramitar su tarjeta sanitaria, deben acudir a un Centro de Salud del lugar donde vayan a fijar su residencia y presentar el resguardo acreditativo de presentación de solicitud expedido por la Policía Nacional o la resolución de concesión de la protección temporal acordada por parte del Ministerio del Interior.
El Centro de Salud incluirá a estas personas dentro de la población protegida en asistencia sanitaria, correspondiéndoles una aportación del 40% del PVP en la prestación farmacéutica ambulatoria a través de las oficinas de farmacia.