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La Seguridad Social incentivará el retorno de los empleados en ERTE a través de exenciones en las cotizaciones sociales

12/05/2020

Actualidad

Acuerdo Social

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas sociales en defensa del empleo. En concreto, el Gobierno ha ratificado el Acuerdo Social que firmaron ayer varios miembros del Ejecutivo y los agentes sociales por el que se adaptan las condiciones de los trabajadores incluidos en Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a la desescalada. En dicho acuerdo, se incluyen nuevos incentivos de la Seguridad Social para la reincorporación al mercado laboral de los trabajadores en estos expedientes a través de exoneraciones en las cotizaciones sociales.

En el acuerdo se crea una nueva categoría de ERTE para las empresas que puedan reiniciar su actividad, denominado “de fuerza mayor parcial”, que durará hasta el próximo 30 de junio. Durante este periodo, las empresas pueden combinar trabajadores en actividad y suspendidos y por todos ellos quedarán exoneradas del abono de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.

Para incentivar la reincorporación a los puestos de trabajo del máximo número posible de trabajadores en ERTE, las exenciones serán mayores para los empleados que regresen a la actividad que para quienes continúen suspendidos. En concreto, las empresas de menos de 50 empleados tendrán una exención de cotizaciones del 85% en las cotizaciones devengadas en el mes de mayo y del 70% en las devengadas en junio para los trabajadores que retomen la actividad. Para los que continúen suspendidos, también habrá exoneración, pero será menor: del 60% para las cotizaciones devengadas en mayo y del 45% para las de junio.

En el caso de las empresas de 50 o más trabajadores, la exención para los empleados que se reincorporen será del 60% y del 45% para las cotizaciones devengadas en mayo y junio, respectivamente. Para los trabajadores que no se reincorporen, la rebaja será del 45% en mayo y del 30% en junio.

Las exenciones en la cotización no tendrán efectos para los trabajadores que mantendrán como cotizado a todos los efectos el periodo en que se apliquen. Además, no se tendrá en cuenta dicho periodo para el cálculo de las prestaciones futuras.

Para aquellas empresas que no puedan retomar la actividad y se encuentren en situación de ERTE de fuerza mayor total se mantienen las exenciones previstas hasta el 30 de junio. La exoneración de cuotas devengadas en los meses de mayo y junio, así como las cuotas por recaudación conjunta, será del 100% para aquellas empresas que tuvieran menos de 50 trabajadores y del 75% para aquellas cuya plantilla sea igual o superior a los 50.

Las medidas estarán vigentes hasta el 30 de junio, pero se podrá establecer una prórroga de los expedientes de regulación de empleo en atención a las restricciones de la actividad vinculadas a razones sanitarias, previo acuerdo del Consejo de Ministros.

Las exenciones en la cotización se aplicarán por la Tesorería General de la Seguridad Social, a instancia de la empresa, previa comunicación sobre la situación de fuerza mayor total o parcial, así como de la identificación de los trabajadores afectados y el periodo de suspensión o reducción de la jornada.

El acuerdo incluye la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita en la que participará el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los agentes sociales. Su principal función será el seguimiento de las medidas adoptadas en el ámbito laboral.

Con este plan de incentivos, novedoso a escala internacional, el objetivo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es acompañar a las empresas en su retorno a la actividad, tratando de ayudar a la reincorporación del mayor número de trabajadores a sus puestos de trabajo.

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