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Entra en vigor la nueva ley de pesca sostenible con mejoras en la jubilación para algunas profesiones del mar
21/03/2023
Actualidad
Ya ha entrado en vigor la nueva ley de pesca sostenible que incluye una mejora de las condiciones de jubilación de las rederas, neskatillas, empacadoras y mariscadoras de a pie, ocupaciones en su mayoría desarrolladas por mujeres, además de buceadores profesionales.
El BOE ha publicado ya esta norma que recoge que estos colectivos podrán adelantar su edad de jubilación y tendrán un coeficiente reductor del 0,15. Es decir, la edad ordinaria exigida para el acceso a la jubilación de estos colectivos se reducirá en un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados el coeficiente reductor del 0,15.
Este texto legal modifica la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, en cuanto a la aplicación de coeficientes reductores en la edad de jubilación como consecuencia de las exigencias físicas y del medio en el que se desarrolla esa actividad laboral.
Estos factores causan un deterioro importante en la salud, constituyendo un riesgo en su integridad física o psíquica así como un deterioro físico que en muchas ocasiones va a determinar su futura salud.
Hasta ahora, la aplicación de estos coeficientes reductores había dejado de lado a ciertas profesiones en las que el porcentaje de mujeres es significativamente mayor que el de hombres, como es el caso de las rederas (88%) y mariscadoras (61%), o compuesto exclusivamente por mujeres como en el caso de las neskatillas y empacadoras.
En el caso de las rederas, neskatillas y empacadoras se trata de trabajos especialmente penosos, duros y con un mayor desgaste por su exigencia física o psíquica, como lo demuestra el nivel elevado de bajas por accidentes o enfermedades, estando también sometidas a horarios ajustados al ritmo de producción o posibilidad de pesca, dándose por tanto los requisitos necesarios para la aplicación de un coeficiente reductor que les permita adelantar su edad de jubilación.
Por otro lado, en el caso de las mariscadoras a pie esta modificación responde a la necesidad de equiparar su coeficiente al de los mariscadores a flote ya que se produce una discriminación entre ambas al darse en este colectivo las mismas condiciones de penosidad, peligrosidad e intensidad del trabajo desarrollado, lo que justifica el aumento del coeficiente aplicable.
Por último, en relación con los buceadores profesionales, se ha tenido en cuenta el medio y la presión a la que están sometidos constantemente en la realización de su trabajo, en un entorno de gran dureza y peligrosidad que origina un mayor nivel de incidencia de enfermedades profesionales o accidentes laborales que en otras actividades.