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Mejoras en la pensión de viudedad

20/07/2018

Actualidad

Sube el porcentaje aplicable al cálculo de la pensión de viudedad

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aumenta en 8 puntos el porcentaje de la base reguladora para el cálculo de la pensión de viudedad. A partir de la nómina de agosto, la pensión de viudedad se calculará aplicando el 56% a la base reguladora, es decir, se aumenta el porcentaje en 4 puntos. Desde el próximo 1 de enero de 2019, la prestación de viudedad equivaldrá al 60% de la base reguladora, culminando la subida de 8 puntos.

Esta subida que beneficia a las personas con 65 o más años y que no perciben ingresos por trabajo ni otras pensiones, se notará en la nómina de agosto.

En definitiva, el objetivo es el de mejorar las pensiones de las personas de mayor edad -65 o más años- con recursos limitados. En este sentido, la norma señala que no deben percibir otra pensión pública española o extranjera, ni ingresos por trabajo u otros rendimientos por encima del límite establecido.

Para quienes cobran una pensión de viudedad complementada a mínimos, la subida no supondrá un aumento efectivo de la paga. En este colectivo, las pensiones ya reciben un complemento por parte del Estado para alcanzar el importe mínimo establecido cada año en los Presupuestos. Por lo tanto, esta mejora se absorbe parcial o totalmente en ese complemento que abona el Estado.

Requisitos a cumplir

Tener 65 años, no percibir otra pensión pública ni ingresos que superen el límite fijado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), que son 7.347,99 €/ añopara 2018, para poder beneficiarse de la pensión mínima de viudedad, son los requisitos imprescindibles para acogerse del incremento.

Los beneficios de este incremento no tienen carácter consolidable, es decir, la persona recibirá la mejora en la pensión mientras siga cumpliendo los requisitos exigidos en la ley.

En cualquier caso, la mejora hoy aprobada es independiente de la subida adicional de las pensiones que se aplicará con efectos retroactivos del pasado 1 de enero y que con carácter general supone un aumento del 1,35%  (que se suma al 0,25% aplicado en enero). En el caso de las pensiones mínimas, la subida adicional será del 3% (2,75% + 0,25%) en todas las modalidades. Esta subida ha sido aprobada en los Presupuestos Generales del Estado para 2018.

La Seguridad Social prevé que la mejora de la pensión de viudedad afectará a alrededor de 465.000 personas, en su mayoría mujeres, a partir del 1 de enero de 2019, cuando se complete el aumento de la viudedad hasta el 60% de la base reguladora.

Para la Seguridad Social la aplicación de la base reguladora del 56% supone un aumento del gasto estimado de 301,31 millones de euros desde el 1 de agosto al 31 de diciembre de 2018. A partir de 2019, cuando culmine la subida hasta el 60%, el aumento del gasto anual para el sistema de la Seguridad Social será de 1.381,73 millones de euros/año.

Una subida aplazada desde 2012

El Real Decreto aprobado da cumplimiento a la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011 de 1 de agosto –Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social- que preveía la aplicación gradual de la subida, en un plazo de 8 años a partir del 1 de enero de 2012, hasta el 60% de la base reguladora de la pensión de viudedad.

Los gobiernos posteriores aplazaron la entrada en vigor de la medida hasta el presente año, en que la recién aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 recoge en una de sus disposiciones adicionales un incremento del 4% en el porcentaje de la base reguladora de la pensión de viudedad y otro 4%, hasta el 60%, a partir del 1 de enero de 2019.

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