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Guía para entender tu informe de vida laboral - Revista Seguridad Social
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Guía para entender tu informe de vida laboral
08/04/2024
Guías prácticas
El informe de vida laboral es el documento en el que puedes consultar todas tus situaciones de alta y baja en los distintos regímenes de la Seguridad Social y el número de días que has estado en alta, tanto de manera completa o acotada según tu búsqueda.
Este informe refleja la jornada real efectivamente trabajada. Si lo que necesitas es ver los días que has cotizado y que se tienen en cuenta para contabilizar los periodos mínimos de cotización para acceder a prestaciones como la jubilación, necesitarás acceder al portal Tu Seguridad Social y consultar el apartado “Ver tus cotizaciones”.
Es gratuito, y lo emite la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), y puedes obtenerlo por distintas vías, tal y como explicamos en el artículo “Cómo obtener el informe de mi vida laboral”.
Para que no te pierdas entre toda la información que el informe te facilita, hemos elaborado una guía donde explicamos qué datos puedes encontrar en los distintos apartados.
1.- Encabezado
Aquí puedes ver los logotipos de los organismos que emiten el informe: la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que depende del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
2.- En este apartado se informa de los datos disponibles en la Seguridad Social
Aquí encontrarás datos como la fecha en que se emite el informe, tu nombre y apellidos, tu número de la Seguridad Social, tu DNI y tu domicilio. Además del total de días en que has figurado de alta en el Sistema de la Seguridad Social.
En la gran mayoría de los casos, los datos se corresponden al 100% con la realidad, pero podría darse la circunstancia de que existieran situaciones que pudieran no estar registradas o ser erróneas. En tal caso, si detecta uno de esos errores, debe presentar una reclamación de datos de su vida laboral y aportar la información de que disponga. Puede solicitar la rectificación aquí.
3.-Columna “Régimen”
La Seguridad Social se estructura en regímenes. En esta casilla figura el régimen en el cual se encuadra cada período de cotización. Pueden ser los siguientes:
-Régimen General. Se corresponde con el trabajo por cuenta ajena. Los trabajadores del colectivo de artistas, los representantes de comercio y los profesionales taurinos también están integrados en este régimen.
-Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Aquí está incluido el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia de trabajadores Agrarios.
-Régimen Especial de la Minería del Carbón.
-Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
El informe de vida laboral no recoge los datos de altas y bajas relativos a regímenes especiales de los funcionarios civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Los períodos trabajados en el extranjero tampoco se recogen en este documento.
4.- Empresa / Situación asimilada a la de alta
En esta columna encontrarás la empresa o el concepto por el que se ha cotizado. Normalmente, aparecerá el nombre de una empresa identificada con un número, que es el Código de Cuenta de Cotización. Si es usted mismo, como autónomo, aparecerá la clave de la provincia en la que se dio de alta.
Además, pueden aparecer otras situaciones llamadas “asimiladas a la de alta” como, por ejemplo, los períodos en los que se cobra la prestación por desempleo (en las que se cotiza parcialmente), las vacaciones retribuidas y no disfrutadas o cotizaciones realizadas a través del convenio especial con la Seguridad Social.
5.- Fecha de alta y el día a partir del cual comienza a tener efectos
La fecha de alta es la fecha en que se empieza a cotizar por una situación. Por ejemplo, cuando nos dan de alta en una empresa. Suele coincidir con la fecha de efecto, aunque a veces puede variar.
6.- Fecha de baja
En este apartado aparece la fecha en la que se extingue la relación laboral o la situación asimilada, que coincide con el día a partir del cual se dejaría de cotizar.
El empresario está obligado a solicitar el alta, la baja y a comunicar las variaciones de datos de todos sus trabajadores. La solicitud de alta debe realizarse previamente al inicio de la relación laboral (hasta 60 días antes). En el caso de solicitar una baja laboral debe hacerlo dentro de los tres días siguientes a aquel en que cese la actividad por cuenta ajena.
7.- Contrato de trabajo (C.T.)
C.T. es el tipo de contrato (indefinido, temporal…). En esta casilla figura la clave que identifica, a efectos de la gestión de la Seguridad Social, la modalidad del contrato de trabajo. Las claves actualmente vigentes son las que figuran en la tabla de este enlace.
8.- Tipo de contrato a tiempo parcial (C.T.P.)
C.T.P. identifica el coeficiente de parcialidad sobre la jornada habitual en una empresa o reflejado en un convenio. Es decir, el porcentaje de jornada que se realiza. No olvidemos que desde el pasado 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial se ha equiparado con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las distintas prestaciones contributivas. Si necesitas más información sobre este tema, puedes consultar nuestra guía de equiparación del trabajo a tiempo parcial y a tiempo completo a efectos de cómputo de periodos de cotización
9.- Grupo de cotización (G.C)
Este apartado registra la categoría profesional asociada al trabajo, identificada con los números del 1 al 11. Por ejemplo, el número 1 corresponde a Ingenieros y Licenciados, el número 7 a Auxiliares Administrativos, el 10 a Peones. Puedes consultar aquí los distintos Grupos de Cotización existentes en la actualidad
10.- Días
La suma de todas las situaciones determina el total de días cotizados a la Seguridad Social desde el inicio de tu vida laboral hasta la fecha en que se emite el informe.
Debemos tener en cuenta que con el pluriempleo (es decir, cuando trabajamos en más de una empresa simultáneamente) sólo se computa un día entero trabajado, aunque en el mismo día se haya trabajado en más de un sitio. Ocurre lo mismo en el caso de la pluriactividad, es decir, al alta simultánea en dos o más regímenes de la Seguridad Social.
Más información
• Cómo obtener el informe de vida laboral
• Cómo se computan los periodos de cotización a tiempo parcial
• Tu informe de vida laboral en un minuto con Import@ss (vídeo)
• Cómo acceder a tu área personal e identificarte para trámites en Import@ss
Este informe refleja la jornada real efectivamente trabajada. Si lo que necesitas es ver los días que has cotizado y que se tienen en cuenta para contabilizar los periodos mínimos de cotización para acceder a prestaciones como la jubilación, necesitarás acceder al portal Tu Seguridad Social y consultar el apartado “Ver tus cotizaciones”.
Es gratuito, y lo emite la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), y puedes obtenerlo por distintas vías, tal y como explicamos en el artículo “Cómo obtener el informe de mi vida laboral”.
Para que no te pierdas entre toda la información que el informe te facilita, hemos elaborado una guía donde explicamos qué datos puedes encontrar en los distintos apartados.
1.- Encabezado
Aquí puedes ver los logotipos de los organismos que emiten el informe: la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que depende del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
2.- En este apartado se informa de los datos disponibles en la Seguridad Social
Aquí encontrarás datos como la fecha en que se emite el informe, tu nombre y apellidos, tu número de la Seguridad Social, tu DNI y tu domicilio. Además del total de días en que has figurado de alta en el Sistema de la Seguridad Social.
En la gran mayoría de los casos, los datos se corresponden al 100% con la realidad, pero podría darse la circunstancia de que existieran situaciones que pudieran no estar registradas o ser erróneas. En tal caso, si detecta uno de esos errores, debe presentar una reclamación de datos de su vida laboral y aportar la información de que disponga. Puede solicitar la rectificación aquí.
3.-Columna “Régimen”
La Seguridad Social se estructura en regímenes. En esta casilla figura el régimen en el cual se encuadra cada período de cotización. Pueden ser los siguientes:
-Régimen General. Se corresponde con el trabajo por cuenta ajena. Los trabajadores del colectivo de artistas, los representantes de comercio y los profesionales taurinos también están integrados en este régimen.
-Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Aquí está incluido el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia de trabajadores Agrarios.
-Régimen Especial de la Minería del Carbón.
-Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
El informe de vida laboral no recoge los datos de altas y bajas relativos a regímenes especiales de los funcionarios civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Los períodos trabajados en el extranjero tampoco se recogen en este documento.
4.- Empresa / Situación asimilada a la de alta
En esta columna encontrarás la empresa o el concepto por el que se ha cotizado. Normalmente, aparecerá el nombre de una empresa identificada con un número, que es el Código de Cuenta de Cotización. Si es usted mismo, como autónomo, aparecerá la clave de la provincia en la que se dio de alta.
Además, pueden aparecer otras situaciones llamadas “asimiladas a la de alta” como, por ejemplo, los períodos en los que se cobra la prestación por desempleo (en las que se cotiza parcialmente), las vacaciones retribuidas y no disfrutadas o cotizaciones realizadas a través del convenio especial con la Seguridad Social.
5.- Fecha de alta y el día a partir del cual comienza a tener efectos
La fecha de alta es la fecha en que se empieza a cotizar por una situación. Por ejemplo, cuando nos dan de alta en una empresa. Suele coincidir con la fecha de efecto, aunque a veces puede variar.
6.- Fecha de baja
En este apartado aparece la fecha en la que se extingue la relación laboral o la situación asimilada, que coincide con el día a partir del cual se dejaría de cotizar.
El empresario está obligado a solicitar el alta, la baja y a comunicar las variaciones de datos de todos sus trabajadores. La solicitud de alta debe realizarse previamente al inicio de la relación laboral (hasta 60 días antes). En el caso de solicitar una baja laboral debe hacerlo dentro de los tres días siguientes a aquel en que cese la actividad por cuenta ajena.
7.- Contrato de trabajo (C.T.)
C.T. es el tipo de contrato (indefinido, temporal…). En esta casilla figura la clave que identifica, a efectos de la gestión de la Seguridad Social, la modalidad del contrato de trabajo. Las claves actualmente vigentes son las que figuran en la tabla de este enlace.
8.- Tipo de contrato a tiempo parcial (C.T.P.)
C.T.P. identifica el coeficiente de parcialidad sobre la jornada habitual en una empresa o reflejado en un convenio. Es decir, el porcentaje de jornada que se realiza. No olvidemos que desde el pasado 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial se ha equiparado con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las distintas prestaciones contributivas. Si necesitas más información sobre este tema, puedes consultar nuestra guía de equiparación del trabajo a tiempo parcial y a tiempo completo a efectos de cómputo de periodos de cotización
9.- Grupo de cotización (G.C)
Este apartado registra la categoría profesional asociada al trabajo, identificada con los números del 1 al 11. Por ejemplo, el número 1 corresponde a Ingenieros y Licenciados, el número 7 a Auxiliares Administrativos, el 10 a Peones. Puedes consultar aquí los distintos Grupos de Cotización existentes en la actualidad
10.- Días
La suma de todas las situaciones determina el total de días cotizados a la Seguridad Social desde el inicio de tu vida laboral hasta la fecha en que se emite el informe.
Debemos tener en cuenta que con el pluriempleo (es decir, cuando trabajamos en más de una empresa simultáneamente) sólo se computa un día entero trabajado, aunque en el mismo día se haya trabajado en más de un sitio. Ocurre lo mismo en el caso de la pluriactividad, es decir, al alta simultánea en dos o más regímenes de la Seguridad Social.
Más información
• Cómo obtener el informe de vida laboral
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