Intercambio de información a tres bandas
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La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, y la consejera de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno vasco, Beatriz Artolazabal, han acordado la firma de un convenio de colaboración entre la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre intercambio de información.
Mediante este convenio, que ya está ultimado por ambas partes, la TGSS y el SEPE facilitarán al Gobierno vasco mensualmente y por vía telemática un conjunto de ficheros con información de liquidaciones de cuotas y bonificaciones correspondientes al mes anterior al de su remisión.
El convenio se referirá a ficheros nominativos para cada persona trabajadora con indicación de la empresa y cuenta de cotización. Para los regímenes por cuenta ajena con bases de cotización por contingencias comunes y profesionales, indicará el importe bonificado, el colectivo incentivado, el tipo de contrato de trabajo y otros datos identificativos del trabajador.
Para regímenes por cuenta propia y el sistema especial de empleadas de hogar, indicará el importe bonificado, el colectivo incentivado y otros datos identificativos del trabajador.
Dichas bonificaciones serán referidas a los cobros realizados mediante el recibo de liquidación de cotizaciones y boletines en papel si los hubiera.
El SEPE facilitará mensualmente a la Comunidad Autónoma del País Vasco información relacionada con cursos de formación, en relación con las empresas que tengan todos sus centros de trabajo en Euskadi y según la información que conste en sus bases de datos y en las bases de la FUNDAE.
Los datos proporcionados serán los relacionados con la organización de la formación (si lo gestiona la empresa por sí misma o una entidad organizadora), la denominación del curso, la familia profesional a la que pertenece el curso, fechas y horarios, número de participantes inscritos y los finalizados, número de horas, modalidad de impartición, lugar de impartición y coste.
En relación con las empresas que tengan todos sus centros de trabajo en la citada Comunidad Autónoma, la información se facilitará mensualmente. Para las que tengan centros de trabajo radicados en el ámbito de la Comunidad del País Vasco y fuera del mismo, se facilitará la información relativa a los participantes pertenecientes a centros de trabajo radicados en el ámbito de la Comunidad Vasca, al menos dos veces al año, el 30 de junio de cada ejercicio, y en los tres primeros meses del ejercicio siguiente al que se haya ejecutado el correspondiente gasto de formación.