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Más de 500.000 estudiantes en prácticas no remuneradas ya han cotizado al menos un día a la Seguridad Social

11/04/2024

Estadísticas

La cotización de los estudiantes en prácticas no remuneradas entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024. Desde ese día, todos los alumnos universitarios y de formación profesional que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas remuneradas o no, incluidas en programas de formación cotizan a la Seguridad Social. 

En concreto, a fecha de 8 de abril han sido 503.067 los alumnos en prácticas remuneradas que han estado dados de alta en la Seguridad Social durante al menos durante un día. Hasta ahora solo existía la obligación de dar de alta a los alumnos que llevaban a cabo prácticas remuneradas.

Se trata de una extensión de derechos que beneficia a los más jóvenes que, de este modo, podrán comenzar una carrera de cotización que les permitirá generar derechos a futuro, puesto que supondrá el reconocimiento de este tiempo como cotizado a efectos de la futura pensión.

Estos jóvenes estarán, además, más protegidos durante el desempeño de sus prácticas, por ejemplo, en caso de accidente.

Por Comunidades Autónomas
Las Comunidades Autónomas en las que se han producido un mayor número de altas son la Comunidad de Madrid, Cataluña, Andalucía y la Comunidad Valenciana.



De estas altas, el 37,35% han sido practicadas por universidades, un 36,56% por centros dependientes de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, y un 10,48% por empresas privadas.

Desde el pasado 1 de enero, la empresa, institución, entidad o centro formativo que haya asumido la condición de empresario deberá comunicar a la Seguridad Social los días de realización de prácticas formativas en un determinado mes, así como presentar la liquidación correspondiente por dichos días e ingresar la cuota resultante. 

A continuación, te contamos las obligaciones que deben cumplir las entidades responsables durante este mes de abril. 

Plazo para presentar liquidación: hasta el 29 de abril 
Las entidades responsables deben cumplir en abril con la obligación de presentar la liquidación y el ingreso de las cuotas correspondientes a las prácticas formativas no remuneradas realizadas durante los meses de enero, febrero y marzo. 

La entidad responsable tiene de plazo hasta el 29 de abril para comunicar el número de días en que se han realizado prácticas formativas no remuneradas durante los meses de enero, febrero y marzo. También se deberá informar si no se ha realizado ninguna práctica a pesar de encontrarse el alumno en situación de alta en el correspondiente mes.

Del mismo modo, cuando el alumno se encuentre en una situación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, descanso laboral por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, la entidad responsable deberá indicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los días previstos de realización de la práctica formativa.

Esta comunicación debe efectuarse con carácter previo a la liquidación e ingreso de cuotas. En caso de incumplimiento de dicha obligación de comunicación, se generará la liquidación deudora correspondiente por todos los días de alta en el correspondiente mes.

¿Cuánto cotizan las empresas?
La cotización consiste en una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de 2,67 euros por contingencias comunes, excluida la prestación de incapacidad temporal, y de 0,33 euros por contingencias profesionales, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 60,76 euros o por contingencias profesionales, que se sitúa en los 7,38 euros.

Además, durante el año 2024, a las cuotas por contingencias comunes se les aplicará una reducción del 95%, sin que les sean de aplicación otros beneficios en la cotización. 

Más información
-Preguntas y respuestas sobre la cotización a la Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas
 
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