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El Gobierno aprueba la revalorización de 11,8 millones de pensiones y prestaciones en 2024

27/12/2023

Actualidad

Pareja de pensionistas calculando la revalorización de su pensión
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley que incluye la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de Clases Pasivas y de otras prestaciones públicas para 2024. La subida, efectiva desde el 1 de enero, supone un incremento del 3,8% con carácter general de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado. 

Este aumento del 3,8% para 2024 es el resultado del índice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023, según la fórmula establecida en la Ley 20/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, aprobada en 2021 y acordada con los interlocutores sociales. De esta manera, se da cumplimiento a la recomendación 2ª del Pacto de Toledo, garantizando el poder adquisitivo de los pensionistas en base a la evolución del IPC. 

Con esta subida, el aumento de la pensión media de jubilación, de 1.380 euros al mes, es de 734 euros al año, o 52 euros al mes. En los dos últimos años, la subida de esta pensión media de jubilación ha sido de unos 2.230 euros. La pensión media del sistema, de 1.200 euros, aumentará 638 euros al año en 2024, que suponen 46 euros al mes.  

El Gobierno también ha acordado hoy el incremento de las pensiones mínimas y de las no contributivas y del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que será mayor, del 6,9%, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023 y en virtud de la recomendación 15ª del Pacto de Toledo.  

En el caso de la pensión mínima de viudedad, con cargas familiares, en cumplimiento del mandato del RD 2/2023, se equipara su cuantía a la de la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo, lo que supone un incremento del 14,1%. 

Las pensiones no contributivas de vejez e invalidez (SOVI) se revalorizarán también en un 6,9% para 2024, lo que supone alcanzar los 517,9 euros mensuales, que equivalen a 7.250,6 euros anuales. 

La pensión mínima para los hogares unipersonales se fija en 11.552,8 euros anuales (frente a los 10.963,4 euros de 2023) y de 14.466,2 euros en los casos con cónyuge a cargo (en 2023, era de 13.526,80 euros).  

En total, casi 11,8 millones de pensionistas y perceptores de prestaciones van a ver conservado o aumentado su poder adquisitivo, entre los beneficiarios de pensiones contributivas y no contributivas, los de Clases Pasivas, los hogares a los que alcanza el IMV y los perceptores de prestaciones por hijo a cargo con discapacidad.   

La ministra Elma Saiz ha asegurado que esta medida beneficia a “uno de cada cuatro españoles, los que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad y tienen menos capacidad de ajustar sus ingresos frente a situaciones económicas cambiantes”. Además, continúa, “su poder adquisitivo se ve asegurado mientras el Gobierno de España toma otras medidas de protección para diferentes colectivos”. 

El coste de la revalorización al 3,8%, estimado para el conjunto de 2024, es de 7.300 millones de euros. Si se añade la subida de las pensiones mínimas, de las no contributivas y del IMV, esta cifra asciende a 8.280 millones. 
 
Mayor protección a investigadores 
Por su parte, el texto permite la posibilidad de la suscripción de un convenio especial para investigadores. En concreto, se refiere a la adopción de disposiciones normativas oportunas que posibiliten de manera extraordinaria la suscripción de un convenio especial, a solicitud de los interesados, que permita ampliar, hasta un máximo de 5 años, el cómputo como cotizado de los periodos de formación.  

Se refiere a aquellos graduados universitarios, con los correspondientes estudios oficiales de doctorado -fechados antes del 4 de febrero de 2006-, que hayan participado en programas de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.  

También se amplía el periodo para que se den las altas y bajas en la Tesorería General de la Seguridad Social de las prácticas formativas y facilitar así los trámites de esta medida para ampliar la protección de los jóvenes.  
 
Contrato de relevo 
Además, se incorpora a este Real Decreto-ley la prórroga de jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera. Así, se seguirá aplicando esta regulación para trabajadores con alto esfuerzo físico con al menos seis años de antigüedad en la empresa y siempre que en el momento de jubilación el porcentaje de trabajadores en la empresa con contrato indefinido supere el 70% de la plantilla. La reducción de jornada se mantiene entre 25% y 67%. La prórroga se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024. 
 
Prórroga de las ayudas por el volcán de La Palma 
Respecto a las medidas de apoyo para los afectados por la erupción del volcán de Cumbre Vieja, se prorroga el aplazamiento con condiciones más ventajosas del pago de cuotas a la Seguridad Social cuyo devengo tenga lugar entre los meses de enero a marzo de 2024, en el caso de empresas, y entre los meses de febrero a abril de 2024, en el caso de trabajadores autónomos. 

También se ha aprobado la prórroga durante 6 meses de la prestación especial por cese de actividad para los autónomos como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma. 

Y se mantiene la exención del 100% en la cotización aplicable a los ERTE por fuerza mayor en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla -dada la continuada incidencia del volcán en la activas en dichas poblaciones- sobre la aportación empresarial por contingencias comunes y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo se produzca en los meses de enero a junio de 2024. 
 
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