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La TGSS elabora una guía para los colegios profesionales con las instrucciones para solicitar las moratorias y aplazamientos de cuotas

20/04/2020

Desde dentro

Budget planning

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha remitido una guía a los colegios profesionales con las recomendaciones básicas y los pasos a seguir para la solicitud de moratorias y aplazamientos de cuotas, así como la comunicación de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE´s), reducciones de jornada y otros aspectos relacionados con la cotización.

Esta guía pretende dar respuesta a las consultas más frecuentes de estos colegios profesionales y facilitar así la tramitación de las distintas medidas establecidas en el ámbito de cotización y recaudación de cuotas de la Seguridad Social como consecuencia del actual estado de alarma, señalando los pasos básicos que deben seguir los autorizados al Sistema RED (gestores, colegios profesionales, etc.) respecto de cada una de las medidas aprobadas.

Así, respecto de las moratorias en el pago de las cuotas de la Seguridad Social, la guía indica que únicamente se podrán solicitar a través del Sistema RED. Este servicio para solicitar la moratoria se abrirá el próximo 1 de mayo y permanecerá abierto hasta el 10, plazos que se repetirán mensualmente hasta julio. Próximamente se publicará la Orden ministerial con el desarrollo de esta medida, donde figurarán los requisitos y condiciones para su acceso.

En cuanto al aplazamiento, el documento especifica que el trámite para su solicitud se ha habilitado a través del Registro Electrónico de la Sede Electrónica. Para acogerse al tipo de interés reducido del 0.5%, las solicitudes deberán presentarse entre el 1 y el 10 del mes en el que corresponda el abono de la cuota, fuera de ese plazo se considerarán solicitudes de aplazamiento ordinarias (al tipo de interés habitual). 

Por último, la guía especifica que tanto la comunicación de los ERTE´s como las reducciones de jornada se comunicarán únicamente a través del Sistema RED y recuerda que la devolución de cuotas, en los casos en los que corresponda, se efectuará de oficio y, por lo tanto, no es necesaria solicitud.

En breve, en nuestra revista publicaremos una información con todos estos consejos e instrucciones que la TGSS ha hecho llegar a los gestores para facilitar estos trámites.

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