Tengo cita previa con la Seguridad Social, ¿qué hago ahora?
Trámites
Tras el cierre de la atención al público en las oficinas de la Seguridad Social decretado ante la pandemia por el COVID-19, la Seguridad Social está haciendo un importante esfuerzo para seguir atendiendo los trámites urgentes y no aplazables a través de distintos canales.
Así, si tenía una cita previa para solicitar su jubilación, su prestación por nacimiento o cuidado de menor, etc. podrá seguir haciéndolo, le contamos cómo:
Si no dispone de métodos de autenticación segura
En caso de no contar con las credenciales indicadas (certificado digital o cl@ve permanente), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha habilitado un servicio a través del cual podrá presentar su solicitud sin necesidad de identificación electrónica.
Este servicio está disponible en la Sede Electrónica siguiendo la ruta Ciudadanos/Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto nacional de la Seguridad Social)/accediendo a través de la opción sin certificado digital.
El interesado deberá dirigir a la Dirección Provincial correspondiente en cada caso los formularios relativos a su solicitud (jubilación, por nacimiento o cuidado de menor, etc.) debidamente cumplimentados. Estos formularios están disponibles en la web de la Seguridad Social en la ruta Pensionistas /servicios/solicitudes de prestaciones/pensiones.
No obstante, por seguridad, en caso de disponer de identificación electrónica lo conveniente es hacer uso de las vías que solicitan dicha identificación y que explicamos a continuación.
Si tiene certificado digital o Cl@ve
Los ciudadanos podrán presentar su solicitud a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o del portal Tu Seguridad Social identificándose con certificado digital o cl@ve permanente.
En el caso de la prestación por nacimiento o cuidado de menor debemos tener en cuenta varias consideraciones:
- Si se trata de la petición de la prestación para disfrutar de la totalidad del periodo de disfrute de manera ininterrumpida, podrán utilizar el portal “Tu seguridad social”.
- Si se dispone a disfrutar de los periodos de descanso de forma interrumpida, podrá emplear el citado portal para solicitar el primer periodo de descanso.
- Si se trata de alguno de los periodos sucesivos, deberán utilizar el servicio Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones de la Sede Electrónica.
Tanto el INSS como la TGSS y el ISM continuarán trabajando para mejorar los servicios con el objetivo de que los ciudadanos continúen realizando sus trámites de la manera más cómoda y rápida posible.
Por último, cabe recordar que estos servicios están disponibles también para ciudadanos que no dispusieran de cita previa con anterioridad.